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Cuando la autoridad ya notificó, el plazo corre. Cuando todavía no notifica, es cuando más se puede hacer.
Un crédito fiscal no aparece de un día para otro: llega después de una revisión, de una diferencia entre lo declarado y lo registrado, o de un acto que nadie atendió a tiempo. Antes de decidir si conviene impugnar, corregir o negociar, revisamos el expediente completo: el jurídico y el contable.
El despacho nace de la contaduría además del derecho, y en materia fiscal esa doble lectura cambia el trabajo: no se defiende un escrito, se defiende un número que tiene que sostenerse. Acompañamos la fiscalización desde que empieza y la defensa cuando ya no queda otra vía.

Qué incluye
- 01 /
Recursos de revocación
- 02 /
Juicios contenciosos administrativos
- 03 /
Amparo en materia fiscal
- 04 /
Procedimiento Administrativo de Ejecución
- 05 /
Auditorías y actos de fiscalización
Entregamos tranquilidad respaldada por estrategia.
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